QUE ES Y QUE NO ES LA INDULGENCIA:
Aunque no es una Doctrina central de nuestra Fe, ya que tanto se ha fantaseado con ella, es bueno recordarlo.
LA INDULGENCIA NO PERDONA LOS PECADOS.
LA INDULGENCIA ES LA REMICION DE LA PENA TEMPORAL CAUSADA POR EL DAÑO HECHO A UN HERMANO Y QUE NO SE HA REPARADO.
La palabra ¨indulgencia¨ viene del término INDULTO, que significa PERDÓN DE UNA DEUDA O DE UNA CULPA MERECIDA. Cuando tú pecas gravemente de manera libre y consciente, además de hacer daño a los otros, te separas de Dios y quedan cerradas las puertas del cielo para ti. Con el sacramento de la CONFESIÓN, recibes el perdón de Dios y recuperas la unión con El. Este perdón Dios te lo da gratis y supone que tendrás un cambio real en tu vida. Al confesarte se supone también que estás dispuesto a ¨reparar¨ o componer aquello que has descompuesto con tu pecado. Como esto muchas veces no es posible, pues es difícil reparar el daño cometido, entonces el pecado, aunque ya esté perdonado en la confesión, tendrás que hacer la REPARACION de mal que hiciste, que tendrás que limpiar en esta vida REPARANDO el daño con obras buenas o te purificarás en el Purgatorio pues para poder entrar totalmente limpio.
La Iglesia haciendo uso del don dado a ella en el Apóstol Pedro de atar y desatar declara un “Indulto” cada cierto tiempo donde te puedes liberar de estas cosas que no has reparado…como los antiguos Jubileos judíos. Eso es una Indulgencia plenaria, la condonación de las consecuencias del mal que has hecho, una reparación otorgada por los tesoros de gracias depositados en la Iglesia
a Doctrina de las Indulgencias es un concepto de la teología católica estrechamente ligado a los conceptos de pecado, penitencia, remisión y purgatorio. En su formulación actual consiste en que ciertas consecuencias del pecado, como la pena temporal del mismo, puedan ser objeto de una remisión o indulgencia (del latín indulgentia: ‘bondad, benevolencia, gracia, remisión, favor’) concedida por determinados representantes de la Iglesia y bajo ciertas condiciones. Esta institución se remonta al cristianismo antiguo y tanto su práctica como su formulación han evolucionado a lo largo del tiempo.
En la doctrina católica, la indulgencia, a diferencia del sacramento de la penitencia o reconciliación, no perdona el pecado en sí mismo, sino que exime de las penas de carácter temporal que de otro modo los fieles deberían purgar, sea durante su vida terrenal, sea luego de la muerte en el purgatorio.
La indulgencia no es un sacramento como la penitencia. Puede ser concedida por el papa y los obispos, sucesores de los Apóstoles.
Aunque se trata de un concepto teológico secundario, las indulgencias desempeñaron en su momento un papel central en la historia del cristianismo.
En el cristianismo antiguo
Los primeros antecedentes de la práctica de indulgencias se remontan al siglo III. En el cristianismo antiguo, la penitencia impuesta a los pecados confesados era severa, y la correspondiente a los pecados considerados especialmente graves, como la apostasía o el homicidio, además, era pública.1
Posteriormente, surgieron prácticas tendentes a reducir el rigor de dicha pena para facilitar el reingreso en la comunidad a miembros que habían cometido apostasía en razón de persecuciones: los llamados lapsi (‘los caídos, los que han tropezado’). Así surgió la costumbre de visitar a confesores apresados que esperaban el martirio solicitándole que intercedieran en su favor frente al obispo. Si el futuro mártir estaba de acuerdo, le otorgaba una carta denominada libellum pacis, para que en virtud del sacrificio que iba a tener lugar, el obispo redujese por razones piadosas la pena del requirente.2 En esta fase, la indulgencia no era dependiente de una acción o prestación que el pecador debía realizar, sino de una especie de compensación mística de los sufrimientos de uno contra la remisión de la pena por los pecados de otro.
Paralelamente se desarrolló la doctrina de la comunión de los santos y del “tesoro de la Iglesia” en virtud de las cuales, todos los hombres están ligados entre sí de manera sobrenatural y tanto la santidad como los pecados de cualquiera de ellos tienen influencia, positiva y nefasta respectivamente, sobre toda la comunidad. De la expiación de los santos, surge así un tesoro de méritos, que aprovecha a todos y que puede ser administrado por la Iglesia bajo ciertas condiciones, por ejemplo como penitencia general.
Sta. Catalina de Génova diría mucho después en su Tratado sobre el Purgatorio:
“Dejen de abrazarse, diciendo: ‘Yo confesaré mis pecados y entonces recibiré la indulgencia plenaria, y en ese momento me purgaré de todos mis pecados y así me salvaré’. Piensen en la confesión y la contrición necesarias para esa indulgencia plenaria, que vienen aparejadas. Si ustedes supieran, temblaría de gran miedo, más seguros de que nunca la ganaron que de que alguna vez lo hicieron“.
En los siglos XV y XVI i hubo abusos pero no fue de la Iglesia, fue de los Principes Alemanes que pidieron la potestad de recaudar ellos. Lo que sucedió no está claro para muchos. Acá va:
Las Indulgencias nunca se vendieron, esa es una leyenda negra del Protestantismo. Esta es la real historia: El Papa León X recibió de su predecesor la Basílica de San Pedro a medio construir (la antigua se había demolido) y cuando llego el Jubileo no había Puerta Santa que cruzar pues no había Basílica y el decreto que quien diera dinero para la terminación de la Basílica ganaría la Indulgencia Jubilar. Esto causo problemas en Alemania pues los Príncipes alemanes (los mismo que alentaron a Lutero al cisma para quedarse con las propiedades de la Iglesia) pidieron parte del dinero recaudado para permitir la predicación de esta. Lo demás es leyenda negra
Dice el Catecismo de la Iglesia:
Las indulgencias, según el Catecismo de la Iglesia Católica:
“Las indulgencias se obtienen por la Iglesia que, en virtud del poder de atar y desatar que le fue concedido por Cristo Jesús, interviene en favor de un cristiano y le abre el tesoro de los méritos de Cristo y de los santos para obtener del Padre de la misericordia la remisión de las penas temporales debidas por sus pecados. Por eso la Iglesia no quiere solamente acudir en ayuda de este cristiano, sino también impulsarlo a hacer obras de piedad, de penitencia y de caridad.” (n. 1478)
Las condiciones generales para una indulgencia plenaria: Además de estar en estado de gracia con Dios y tener un desapego total del pecado, incluso venial, realizar dentro de unos 20 días antes o después del acto indulgenciado: 1) Confesión sacramental (una es suficiente para varias indulgencias), 2) Recibir la Sagrada Eucaristía, 3) Rezar por las intenciones del Papa (se sugiere un Padrenuestro y un Avemaría). La indulgencia plenaria sólo puede ganarse una vez al día, excepto en peligro de muerte. (“El don de las indulgencias”, 29.1.2000)
Doctrina e historia de la práctica de las Indulgencias por Félix Velasco Santandreu
Ejemplos de “Errores más frecuentes sobre las indulgencias” (Capítulo 3):
1) Una persona puede comprar su salida del infierno mediante las indulgencias. ERROR
2) Si la Iglesia tiene los recursos y el poder para borrar todas las penas temporales de todas las personas, ¿por qué no lo hace? Porque Dios no desea que se haga. Dios mismo instituyó el hecho de que las penas temporales permanecieran…ERROR
3) Una persona puede comprar indulgencias.ERROR
4) Una indulgencia acortará el tiempo en el purgatorio en un número fijo de días. ERROR
El número de días que solía asociarse con las indulgencias era una referencia al período de penitencia que uno podría realizar durante la vida terrena… ERROR
5) Una persona puede comprar indulgencias para que se le perdonen pecados futuros. ERROR
Se ha hablado por los anticatolicos de una lista donde se pagaba por pecado remitido en el Vaticano. Eso no es cierto.
Cuando habia pecado grave que solo podia ser remitido por el Papa, cuando se concedia el perdon habia que darlo por escrito para ser presentado en la Parroquia u Obispado. Lo que se cobraba era el trabajo del Notario que tenia que escribir y decorar el pergamino que se le daba a la persona.
¿Hubo abusos? claro que tiene que haber habido, eso depende del hombre, tall como hoy pudieramos preguntar: Hay abusos en los Diezmos, ¿” siembras” y “cosechas” en las Iglesias o cultos no católicos? por supuesto y a cada rato nos enteramos de uno, ¿quiere decir eso que todos los pastores son ladrones? absolutamente no. Si eso pasa hoy, ¿que podría pasar en 2019 años de historia?
Es gran error juzgar con mente de hoy, lo sucedido ayer.